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El lunes 14 de junio, convocadas por las autoridades de la Administración Federal de Ingresos Públicos, las autoridades de la FACPCE participaron en un encuentro con Subdirectores del organismo.
Los miembros de la Mesa Directiva, Dres. Silvio Rizza, Presidente; Sergio Pantoja, Vicepresidente 1°; Sergio Almirón, Vicepresidente 2°; Catalino Nuñez, Secretario; Heraclio Juan Lanza, Tesorero; Osvaldo Rebollo, Prosecretario; Omar Marsall, Protesorero y la Gerente General, Dra. Ana María Daqua, se reunieron con los Dres. Patricia Vaca Narvaja, Subdirectora General de Servicios al Contribuyente; José Bianchi, Subdirector General de Recaudación y Julián Ruiz, Subdirector General de Fiscalización.
La titular de la AFIP, Dra. Mercedes Marcó del Pont, no pudo participar de la reunión prevista y comprometió su presencia en la próxima reunión de la Junta de Gobierno, que se realizará el 1 de julio y que contará con la participación de las autoridades de los 24 Consejos Profesionales de Ciencias Económicas del país.
Durante el encuentro, los funcionarios presentaron la reglamentación de las modificaciones introducidas en el Impuesto a las Ganancias para empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados, Ley 27.618 y Dto. 336/2021, no publicadas en el Boletín Oficial aún.
En relación con la Resolución General 5.003 publicada en el Boletín Oficial el 31 de mayo de 2021, que reglamentó los cambios en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) introducidos por la Ley 27.618 (B.O. 21/04/2021), y en particular con su Titulo III referido a la Categorización anual y las obligaciones de pago mensual de los sujetos adheridos al régimen, se solicitó lo siguiente:
a) Suspender la aplicación del Titulo III de la R.G. 5.003 – Categorización. Obligación de Pago Mensual.
b) Suspender los plazos previstos para que los sujetos adheridos al régimen simplificado puedan acogerse a los regímenes, procedimientos y beneficios establecidos por la Ley 27.618.
c) Diferir por un plazo no menor a sesenta (60) días la vigencia de las modificaciones al régimen de facturación.
Además, con respecto al Impuesto a las Ganancias –Personas Humanas y Sucesiones Indivisas– correspondiente al período fiscal 2020, se solicitó diferir los vencimientos previstos por la RG (AFIP) 5006 (B.O. 08/06/2021) que operan entre el 23 al 27 de julio próximos.
Estas solicitudes se basan en que, a la fecha, no se encuentra disponible la aplicación web para generar y presentar las declaraciones juradas y en que, además, en virtud de la ampliación de las restricciones a la circulación dispuestas por el Decreto 381/2021, en algunas jurisdicciones, los profesionales no pueden concurrir a sus oficinas, ni recopilar la información necesaria de sus comitentes.
Por último, se planteó, nuevamente, que los inconvenientes de acceso y funcionalidad del sitio web del organismo son la principal dificultad en el desarrollo de las tareas de los profesionales y tienen directa relación con el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los contribuyentes y/o responsables. Esto se suma a los problemas de conectividad que se presentan en algunas regiones del país, que se ven agravados en los períodos de vencimientos anuales y/o especiales.